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Bienestar Institucional

El Bienestar Institucional, es una concepción de calidad de vida al interior de nuestra Institución, se trata de ofrecer algunos recursos que satisfagan las necesidades  de la Comunidad Educativa a partir de la optimización de los servicios de apoyo ofrecidos por la I.E.F.A, con unas actividades coordinadas, una atención ágil y eficaz y  una comunicación veraz y oportuna.

Los servicios que presta Bienestar Institucional son de promoción de estilos de vida saludable, y servicios complementarios para la formación integral, los cuales están orientados al desarrollo de actividades individuales y colectivas. Dichos servicios se prestan a través de los diferentes subprocesos que lo componen: Bibliobanco, Salas de Informática y sistemas, laboratorio y servicio de restaurante escolar

REGLAMENTO DE USO DE LAS SALAS DE SISTEMAS E INFORMATICA

1. De los usuarios

2. De los servicios y horarios

3. Deberes de los usuarios

4. Sanciones

El presente reglamento tiene como objetivo, establecer las normas de funcionamiento de las salas de sistemas de la Institución Educativa Federico Ángel, cuyas disposiciones son de obligatorio cumplimiento para todos los usuarios de las salas:

Estudiantes, Profesores y Personal Administrativo.

DE LOS USUARIOS

Podrán hacer uso de las Salas de Sistemas, los siguientes usuarios teniendo alta prioridad las actividades de tipo académico:

  • Estudiantes con matrícula vigente en la I.E.F.A.
  • Egresados
  • Profesores.
  • Personal administrativo que requiera uso de las salas de sistemas
  • Padres de Familia y/o acudientes debidamente autorizados

DE LOS SERVICIOS Y HORARIOS

A) Los servicios de cómputo ofrecidos por las salas son los siguientes:

  • Uso de los computadores con programas (software) necesarios para el desarrollo de trabajos académicos y de investigación.
  • Acceso a Internet
  • Asesoría en el uso de equipos y  programas
  • Instalación de software adquirido legalmente  por la I.E.F.A.
  • Préstamo interno de manuales existentes de los programas instalados, especialmente para educadores

B) La instalación de programas se limita a las aplicaciones debidamente licenciadas para su uso en la I.E.F.A.

C) El horario normal de uso de las salas de sistemas, es desde las 6:30 a.m. a las 6:30 p.m. de lunes a  viernes de forma continua, y los sábados desde las 7:00 a.m. a las 4:00 p.m. durante el año lectivo. La primera y última semana del año, así también, de las vacaciones intermedias se reservarán las salas para mantenimiento de programas y equipos.

D) El servicio será suspendido en caso de mantenimiento urgente, siniestro, o cuando las condiciones lo ameriten por consideración de los responsables o administradores de las salas de  Sistemas.

E) En caso de utilizar las salas fuera del horario anterior, se requerirá aprobación por escrito del Rector.

DEBERES DE LOS USUARIOS

Son deberes de los usuarios de las salas de sistemas de la I.E.F.A. los siguientes:

  • Cumplir y respetar lo establecido en el presente reglamento.
  • Respetar el horario de servicio.
  • Contribuir a mantener el buen estado de las instalaciones y los equipos.
  • Observar una conducta adecuada para la convivencia Institucional, incluyendo el respeto a los educadores y personal ocasional responsables de las Salas de sistemas.
  • Exclusivamente se utilizarán las Salas de sistemas para actividades de TIPO ACADÉMICO.
  • ESTÁ PROHIBIDO instalar software sin la aprobación del Departamento de Sistemas.
  • NO SE PODRÁ cambiar la configuración del equipo de cómputo.
  • NO SE PODRÁ instalar juegos ni utilizarlos.
  • NO SE PODRÁ instalar ni intercambiar los elementos de los computadores.
  • ESTÁ PROHIBIDO el ingreso a páginas con contenido SEXUAL o ERÓTICO.

EL USO DEL CHAT es exclusivamente de tipo académico, previa autorización del profesor de la clase.

  • Los archivos del usuario deberán ser guardados en la carpeta Mis Documentos de cada equipo. Es deber del usuario sacar copias de sus archivos.
  • La Sala de sistemas, deberá ser entregada EN PERFECTO ORDEN al finalizar la clase por parte del profesor o monitor designado.
  • Está PROHIBIDO el consumo de ALIMENTOS y BEBIDAS e IGUALMENTE FUMAR.
  • DURANTE EL DESARROLLO DE LAS CLASES, no se permitirá el ingreso de personas ajenas a ella.

Todo incumplimiento a las obligaciones de los usuarios acarreará sanciones de acuerdo con lo establecido en el presente Manual de convivencia.

SANCIONES

A) Las sanciones serán aplicadas de acuerdo a lo establecido en este Manual, previa presentación de la queja por escrito por parte de los administradores y responsables de las salas de sistemas.

B) Se presentará una sanción al usuario, cuando se presenten daños a las instalaciones, software y/o equipos, de las salas de sistemas originados por él mismo.  El costo de la restauración o reparación será asumido por quien lo origine.

C) El usuario perderá su derecho de uso de las salas de sistemas si se presenta alguna de las siguientes situaciones:

  • Se compruebe ser responsable del robo de equipos y/o accesorios.
  • Causar daños en las instalaciones, bienes o equipos que ocasionen la suspensión temporal o definitiva del servicio.

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SERVICIO DE LABORATORIO DE BIOLOGÍA, QUÍMICA Y FÍSICA

REGLAMENTO


  1. Los alumnos deberán presentarse puntualmente el día de la práctica.
  2. Bata OBLIGATORIA antes de entrar al Laboratorio, tendrá que ponérsela, de lo contrario no se les permitirá la entrada.
  3. Se prohíbe a los alumnos en horas de trabajo, la entrada.
  4. El material de Laboratorio se les entregará, por lo cual todo el material requerido para la práctica será entregado en óptimas condiciones, el cual tendrá que ser devuelto en la misma forma.
  5. Los reactivos se proporcionarán en cantidades suficientes para cubrir las necesidades del grupo. El profesor será responsable de que no existan desperdicios y contaminación de las sustancias.
  6. Después de cada práctica deberán lavar y secar el material utilizado. Los instrumentos de limpieza tendrán que emplearlos como se les indique.
  7. Se prohíbe tirar basura en los vertederos, el equipo que lo hiciere no podrá salir hasta que no deje totalmente limpio el lugar.
  8. Si el material se entrega en mal estado. Se les dará un plazo de quince días para reponer el material dañado, de lo contrario el equipo será reportado a la coordinación o docente encargado de la disciplina para que tomen las medidas correspondientes.
  9. Se prohíbe jugar y comer en el Laboratorio. Todo acto de indisciplina será reportado a la coordinación o docente encargado de la disciplina y se tendrá en cuenta la falta de conducta en la asignatura o área correspondiente.
  10. Se prohíbe sentarse en las mesas de trabajo, así como recargarse en las llaves de agua y jugar con el material de Laboratorio.
  11. Este reglamento es válido para las asignaturas de QUÍMICA, FÍSICA Y BIOLOGÍA.

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SERVICIO DE RESTAURANTE ESCOLAR.

Su funcionamiento y operatividad está coordinado por el ICBF y el programa MANA

DEBERES Y DERECHOS DE LOS ALUMNOS USUARIOS DEL RESTAURANTE ESCOLAR


Son deberes de los alumnos usuarios del restaurante escolar los siguientes:

  • Lavarse las manos antes de entrar al comedor.
  • Hacer la fila y respetar el turno.
  • Sentarse en forma adecuada y no ponerse de pie.
  • No botar la comida ni hacer regueros con ella.
  • Evitar hablar con la boca llena, y cuando se requiera, hacerlo en voz baja.
  • Obedecer y respetar a los padres y manipuladoras encargadas del restaurante.
  • Colaborar con el aseo y la buena presentación del restaurante escolar.

Son derechos de los estudiantes usuarios del restaurante escolar los siguientes:

  • Participar en las actividades de nutrición, salud y demás beneficios contenidos en el programa de restaurante escolar.
  • Ingresar a la hora oportuna para recibir calientes los alimentos.
  • Recibir un trato amable de todas las personas encargadas del programa.
  • Recibir una buena alimentación, balanceada y con buena higiene.
  • Participar con sus sugerencias en el mejoramiento del restaurante escolar.

DEBERES Y DERECHOS DE LOS PADRES BENEFICIARIOS DEL RESTAURANTE.

Son deberes de los padres de familia beneficiarios del programa de restaurante escolar los siguientes:

  • Participar en la asamblea general, reuniones generales, comité y junta directiva.
  • Pagar la cuota fijada los dos primeros días de cada semana.
  • Venir a colaborar el día asignado.
  • Permitir a los niños el tiempo justo para que terminen de comer.
  • No entrar al comedor a darle comida a sus hijos.

Son derechos de los padres de familia beneficiarios del programa de restaurante escolar los siguientes:

  • Vigilar que el lugar donde comen los niños, esté aseado y ordenado.
  • Controlar el buen funcionamiento del restaurante.
  • Reclamar oportunamente cuando se presente alguna inconformidad.
  • Ser informado cuando no haya servicio de restaurante.
  • Matricular al estudiante en el programa de restaurante escolar.
  • Participar en las decisiones que se tomen en la asamblea general.

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BIBLIOBANCO

1. Los textos escolares deben ser seleccionados y adquiridos por el establecimiento educativo, de acuerdo con el proyecto educativo institucional, para ofrecer a los alumnos soporte pedagógico e información relevante sobre la asignatura o proyecto pedagógico

2. De acuerdo a las colecciones con que cuenta el bibliobanco el servicio de préstamo se realizara de la siguiente forma:

  • Colección general: Conforman las monografías y tratados de carácter general, los cuales están destinados tanto para la consulta en la Biblioteca, como al préstamo a domicilio de acuerdo con el tipo de usuario (docente).
  • Colección de reserva: Formada por los libros utilizados como texto de las asignaturas ofrecidas por la I.E.F.A. los cuales se pueden consultar en la Biblioteca y prestar por dos horas antes del cierre de la dependencia, para ser entregados al día siguiente durante la primera hora del inicio de labores.
  • Colección de referencia: Formada por las obras que permiten una consulta rápida, breve y exacta como enciclopedias, diccionarios, manuales, índices, directorios, atlas, bibliografías y demás materiales que por su característica no puede prestarse para el uso a domicilio.

3. Las colecciones de Hemeroteca y CD se consideran como colecciones de reserva con todas las implicaciones para el préstamo.

4. Los establecimientos estatales están autorizados para cobrar a los responsables de los daños causados al libro, distintos al deterioro natural, según lo determine el reglamento o manual de convivencia.

5. Los docentes son los responsables del material del bibliobanco mientras el material se encuentre bajo su uso.

PRÉSTAMO DE MATERIAL BIBLIOBANCO


El docente solicita el material de las colecciones al responsable del Bibliobanco (área de humanidades) ya sea:

  • Para utilizarlo dentro de la biblioteca y para lo cual no hay limitación en colecciones.
  • Préstamo para el aula el cual solo puede hacerlo quien ejerza la docencia y hace solicitud de determinada cantidad de libros para consulta o apoyo dentro del aula.
  • Préstamo externo a domicilio en el cual pueden retirar material bibliográfico en calidad de préstamo.
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