Portada » La Personería Estudiantil 2010

La Personería Estudiantil 2010

Son cuatro los candidatos a la Personería estudiantil 2010: Andrés Felipe Henao (11,01), Yesica Natalia Sánchez, Leidy Johana Palacio Gómez y Yeison Betancur Betancur del grado 11,02.

PERSONERÍA ESTUDIANTIL

En cuanto a la formación previa en democracia se requiere que el desarrollo de las personerías estudiantiles, no sea una actividad más dentro del cronograma escolar, sino que responda a la culminación de un proceso de formación que debe iniciarse desde los primeros años escolares, pues muchas veces el personero llega a ocupar ese cargo con la mejor voluntad, pero sin tener claras sus funciones.

Carlos Mauricio Rojas Guezguán

Click en la imagen para conocer  las propuestas.

Sustento legal (Ley general de Educación, decreto 1860).Artículo 28o. Personero de los Estudiantes

En todos los establecimientos educativos el personero de los estudiantes será un alumno que curse el último grado que ofrezca la institución, encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes consagrados en la Constitución Política, las leyes, los reglamentos y el manual de convivencia.

El personero tendrá las siguientes funciones:

  1. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento, pedir la colaboración del consejo de estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación;
  2. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los alumnos;
  3. Presentar ante el rector o el Director Administrativo, según sus competencias, las solicitudes de oficio o a petición de parte que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes, y
  4. Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo o el organismo que haga sus veces, las decisiones del rector respecto a las peticiones presentadas por su intermedio.

El personero de los estudiantes será elegido dentro de los treinta días calendario siguiente al de la iniciación de clases de un período lectivo anual. Para tal efecto el rector convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de mayoría simple y mediante voto secreto.

El ejercicio del cargo de personero de los estudiantes es incompatible con el de representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo.

INTERPRETACIÓN

La Personería fue y ha sido una ganancia sustancial de los estudiantes, para defender sus derechos ante las distintas cosas que pasan en las instituciones educativas tales como:

  • El autoritarismo de parte de las direcciones de las  Instituciones Educativas y de algunos profesores y por parte del mismo estado o gobiernos locales, distritales y nacionales.
  • La falta de una vocería eficaz, que permita que se tengan en cuenta, a los estudiantes, para tomar cualquier tipo de decisión respecto al plantel educativo y sus integrantes.
  • La falta de denuncia de violación de derechos Humanos en la escuela como lo son el derecho de expresión, organización, vida digna y protesta.

Estos tres problemas fundamentales fueron los que dieron origen a la necesidad de este espacio, de representación pero ante todo de denuncia siempre ligado al tema de los derechos humanos.

¿ENTONCES QUÉ HACER?

  1. Hacer un balance con el Consejo Estudiantil, sobre los niveles de participación real (voz y voto) de los estudiantes en cada uno de los espacios de decisión del colegio.
  2. Trabajar en una agenda común, con el Consejo Estudiantil y Representante de los Estudiantes al Consejo Directivo.
  3. Realizar foros y debates sobre cada uno de los problemas, que aquejan a la comunidad y exigir participación amplia, tanto de los estudiantes como de los padres, directivos, profesores, organizaciones exteriores a el establecimiento que permitan un equilibrio, de visión de todos, como las oficinas de las personerías, autoridades de las secretarias de educación, organizaciones de derechos humanos, sindicatos, organizaciones estudiantiles, comunidad del barrio,  entre otros. Pero que sean las comunidades las que definan luego de escuchar distintos puntos de vista de un mismo problema
  4. Diseñar estrategias con maestros y estudiantes para mejorar los niveles de respeto entre unos y otros sobre la base del entendimiento del derecho a la diferencia y el pluralismo.
  5. Proponer espacios y utilizar los existente para difundir propuestas e inquietudes sobre las vivencias de los estudiantes en todo sentido lo académico, deportivo, cultural, disciplinario entre otros.
  6. Exigir un espacio en la emisora y otros medios de comunicación existentes, donde se hable libremente sin la necesidad de la radiografía o el veto a los contenidos que quieran trabajar los estudiantes.
  7. Tener conocimiento de los planes y estrategias de trabajo que se promueven desde la oficina de orientación psicológica con base a qué objetivos. Si no existe esta oficina exigir una rápida asignación a la autoridad estatal que corresponda, incluido el mismo Consejo Directivo de la institución.

_________________

Fuente.

EDUARDO LUIS RODRIGUEZ GARCIA

____________________________________________________________________________________

English version

Personero OF STUDENTS

2010 aspirants

With the issue of the 1991 Constitution, the concepts that until then they had on the Democracy, changed in Colombia, from conceiving the Democracy as a merely representative relationship to understand it as a conception of real participation, which implies many changes not only in the normative system in which the topic is developed, but in the required social processes that are required for the materialization of the Participative concept that was introduced in the 1991 Constitution.

Following this ideas and keeping in mind that there is no doubt that one of the aspects that have more influence in the destinations and in the societies formation is the education, the concepts about Participative Democracy most irradiate the limits and the pedagogic processes that are implemented in Colombia, with the porpouse of generating educational processes that help the development of the Participative Democracy. Thus, spaces such as student legal groups offer wide possibilities for the development of this Democracy education, inside the educational institutions.

3 Comentarios

Click aquí para enviar un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

× ¿Cómo puedo ayudarte?