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Contralores Estudiantiles en las Instituciones Educativas

La Secretaría de Educación para la Cultura y la Contraloría General de Antioquia en cumplimiento de lo establecido por la Ordenanza 26 del 30 de diciembre de 2009, se aprestan a realizar la elección de Contralores Estudiantiles en cada una de las Instituciones educativas de Antioquia. Se ha escogido el mismo día, en el cual, también serán elegidos los personeros estudiantiles y nuestra Institución se prepara para afrontarlo responsablemente.

El rol del Contralor Estudiantil en las Instituciones Educativas Oficiales del Departamento  se adopta como un mecanismo de promoción y fortalecimiento del control social en  la gestión educativa y un espacio de participación de los jóvenes que busca la transparencia y potencia los escenarios de participación ciudadana para la vigilancia de  los recursos y bienes públicos en la gestión educativa. La figura del Contralor Estudiantil se articulará al proceso del Gobierno Escolar, para garantizar coherencia e integralidad en este ejercicio de participación juvenil.

Según la Asesoría Departamental para la Juventud, la participación democrática de los adolescentes y jóvenes se expresa cuando estos contribuyen activamente en procesos que conducen al desarrollo de iniciativas en la institución educativa y a la construcción de reglas de juego para la convivencia. La participación pasa por la capacidad de intervenir en la toma de decisiones, la defensa y promoción de los derechos, el liderazgo en iniciativas con justicia y equidad y por la capacidad de expresión y escucha de las demás opiniones.

POR QUÉ…?

  • Para hacer pedagogía experimental
  • Para formar a jóvenes con valores y principios éticos
  • Visualizar cargos del control fiscal
  • Construir oportunidades de trabajo para los jóvenes.

QUÉ ES…?

Es el encargado de contribuir con el buen manejo de los recursos públicos (en las instituciones educativas).

Principios:

  • Transparencia
  • Eficiencia
  • Eficacia
  • Economía y serenidad

DERECHOS

  • Recibir asesoría de la Contraloría Municipal que ellos requieren durante todo el tiempo del ejercicio a cargo.
  • Los rectores prestaran todo el apoyo que requieran  a los contralores estudiantiles, sub-contralor y veedores.

DEBERES

  • El contralor estudiantil, sub-contralor, y veedores. Socializarán  los temas del control fiscal con la comunidad estudiantil.
  • Presentar informes de gestión por lo menos antes de culminar cada semestre lectivo. (Ante la comunidad educativa).
  • Informe de gestión: debe ser publicado en cartelera de la institución educativa. (Durante 15 días) con copia a la Contraloría Municipal.

FUNCIONES

a)      Propiciar acciones concretas y permanentes, de control social a la gestión de las instituciones educativas.

b)      Promover la  rendición de cuentas en las Instituciones educativas.

c)       Velar por el correcto funcionamiento de las inversiones que se realicen mediante los fondos de servicios educativos.

d)      Ejercer el control social a los procesos de contratación que realice la institución educativa.

e)      Canalizar las inquietudes que tenga la comunidad educativa, sobre deficiencias o irregularidades en la ejecución del presupuesto o el manejo de los bienes de las Instituciones Educativas.

f)       Formular recomendaciones o acciones de mejoramiento al Rector y al Consejo Directivo, sobre el manejo del presupuesto y la utilización de los bienes.

g)      Poner en conocimiento del organismo de control competente, las denuncias que tengan merito, con el fin de que se apliquen los procedimientos de investigación y sanción que resulten procedentes.

h)      Comunicar a la comunidad educativa, los resultados de la gestión realizada  durante el periodo.

i)        Conocer el Proyecto Educativo Institucional (PEI), el presupuesto y el plan de compras de la Institución Educativa.

j)        Velar por el cuidado del medio ambiente.

ELECCIÓN Y PERÍODO

El Contralor Estudiantil será elegido democráticamente  por los estudiantes en cada institución educativa; podrán aspirar a ser contralores escolares, los alumnos y alumnas de educación media básica del grado  10° de las Instituciones Educativas Oficiales.

De la elección realizada, se levantará un acta donde conste quienes se presentaron a la elección, número de votos obtenidos, declarar la elección de Contralor y quien lo sigue en votos.  Dicha acta debe enviarse a la Contraloría General de Antioquia y Secretaría de Educación.  El acta de elección debe ser firmada por el Rector de la Institución y el Representante de la Asociación de Padres de Familia.

El Contralor Estudiantil debe elegirse el mismo día de las elecciones para Personero Estudiantil, con el fin de acentuar la fiesta de la democracia escolar; articulando y dándole fuerza al gobierno escolar.

PRINCIPIOS ÉTICOS QUE ORIENTARÁN SU GESTIÓN

Los principios Éticos que orientarán las actuaciones de los contralores estudiantiles serán los siguientes:

a)      Los Bienes Públicos son sagrados.

b)      La gestión pública es democrática y participativa.

c)      Todos los ciudadanos y sujetos de control son iguales frente al ejercicio de la función fiscalizadora.

d)      Los resultados del ejercicio del control son públicos.

VER CIRCULAR DEPARTAMENTAL 2013

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