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Personería

La figura del Personero Estudiantil se creó a través de la ley 115 de 1994 que promulga que en todos los establecimientos de educación básica y media, al comenzar el año académico, los estudiantes deben elegir a un representante del último grado para que actúe como el Personero de los Estudiantes, y se convierta en promotor, vocero y defensor de los derechos y deberes de los estudiantes consagrados en la Constitución Política de Colombia, La Ley General de Educación, El Proyecto Educativo Institucional y el Manual de Convivencia.

Para ser personero se deben tener en cuenta unos principios básicos, como el de la responsabilidad, el respeto, la solidaridad, debe asumir el cargo con sentido de pertenencia, prestarlo con excelencia y que llegue a la comunidad en forma oportuna.

Debe conocer las fortalezas y debilidades de la institución, ser un estudiante sobresaliente y accesible a las orientaciones que le brinden compañeros, padres de familia, educadores , tener actitudes investigativas , ser mediador en las relaciones interpersonales entre educando, educador, padre de familia y administración, tener un espíritu creativo, dinámico, que conduzcan al mejoramiento y al desarrollo de la institución, representar con altura el nombre de sus compañeros y de la institución. No debe tener malas prácticas, ni de ofrecimientos para su elección, su actitud debe ser transparente.

PERSONERA 2015

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